{"id":8599,"date":"2023-01-12T11:50:12","date_gmt":"2023-01-12T11:50:12","guid":{"rendered":"https:\/\/suasesport.com\/?p=8599"},"modified":"2023-01-12T11:50:14","modified_gmt":"2023-01-12T11:50:14","slug":"el-juzgado-acuerda-la-suspension-preventiva-de-los-acuerdos-adoptados-en-la-asamblea-extraordinaria-del-cd-denia","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/suasesport.com\/es\/el-juzgado-acuerda-la-suspension-preventiva-de-los-acuerdos-adoptados-en-la-asamblea-extraordinaria-del-cd-denia\/","title":{"rendered":"El juzgado acuerda la suspensi\u00f3n preventiva de los acuerdos adoptados en la asamblea extraordinaria del CD D\u00e9nia&nbsp;"},"content":{"rendered":"\n<p>El juzgado ha acordado como medida cautelar la suspensi\u00f3n preventiva de los acuerdos adoptados en la asamblea general extraordinaria del CD D\u00e9nia del 30 de agosto de 2022. As\u00ed ha informado el grupo de socios, que present\u00f3 en el Juzgado de Primera Instancia N\u00famero 1 de D\u00e9nia la demanda impugnando los acuerdos de dicha asamblea, en un comunicado que ha realizado tras reunirse ayer mi\u00e9rcoles para confeccionarlo. En el comunicado se\u00f1ala que lo que pretende es \u201cque se mantengan los derechos de los socios del CD D\u00e9nia hasta antes de la asamblea extraordinaria impugnada de 30 de agosto de 2022, ya que en la actualidad, para tener esa condici\u00f3n de socios con derecho a voz y voto, es necesario abonar la cantidad de 300 euros\u201d y que no han tenido \u201cm\u00e1s remedio que interponer la demanda de impugnaci\u00f3n de acuerdos de dicha asamblea con la finalidad de evitar que la actual situaci\u00f3n creada desde su celebraci\u00f3n se convierte en algo irreversible y firme. Perjudicando seriamente los intereses propios del club y de los socios en general\u201d.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>El juzgado ha enviado varias notificaciones a la direcci\u00f3n oficial del Club Deportivo D\u00e9nia comunicando la demanda con el resultado de no entregado.&nbsp;De momento no hay fecha para la celebraci\u00f3n de la vista principal. <\/p>\n\n\n\n<p>\u00bfQu\u00e9 significa que el juzgado acuerda la medida cautelar de suspensi\u00f3n preventiva de los acuerdos adoptados en la asamblea general extraordinaria? Pues quiere decir, que es una medida de car\u00e1cter temporal a la espera que se celebre la vista principal, es decir, el juicio, y por lo tanto la directiva del CD D\u00e9nia no podr\u00e1 llevar adelante los acuerdos que se tomaron en esa asamblea extraordinaria, como el precio de los carnets de socios y abonados. O sea, que todos los acuerdos tomados en la asamblea extraordinaria est\u00e1n en suspenso.<\/p>\n\n\n\n<p>\u00bfQu\u00e9 dice la directiva? El presidente del CD D\u00e9nia, Juan Benavente, ha se\u00f1alado a Suas Esport que \u201cque el club no ha recibido ninguna notificaci\u00f3n del juzgado\u201d. Y ha asegurado  \u201csi lo hubiera sabido lo de la demanda hubiera contestado. Me he enterado ahora porque me han pasado lo que se ha publicado por el Facebook\u201d. Y que \u201csi hay una demanda en la que se suspende preventivamente esos acuerdos hasta que no se resuelva no podemos hacer nada hasta que su se\u00f1or\u00eda diga que esto es firme o no. De momento no podemos hacer socios\u201d.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p>EL COMUNICADO <\/p>\n\n\n\n<p>\u00abSe ha notificado a los socios del CD D\u00e9nia que presentaron demanda impugnando los acuerdos del club adoptados en la asamblea general extraordinaria de 30 de agosto de 2022. El auto de fecha 5 de diciembre de 2022, que resuelve la medida cautelar interpuesta por los referidos socios, el cual acuerda la suspensi\u00f3n preventiva de los acuerdos adoptados en la indicada asamblea general extraordinaria, dando la raz\u00f3n a los socios demandantes. <\/p>\n\n\n\n<p>Evidentemente se trata de una medida cautelar, lo que quiere decir que \u00e9sta se ha adoptado en el proceso con la finalidad de asegurar el resultado futuro que pudiera producirse en el mismo, por lo que se trata de una medida de car\u00e1cter temporal a la espera de que se celebre la vista principal. <\/p>\n\n\n\n<p>Conviene indicar que los socios demandantes principalmente pretenden que se mantengan los derechos del socio del CD D\u00e9nia hasta antes de la asamblea extraordinaria impugnada de 30 de agosto de 2022, ya que en la actualidad, para tener condici\u00f3n, con derecho a voz y voto, es necesario abonar la cantidad de 300 euros, la cual es totalmente desproporcionada en relaci\u00f3n a la cuant\u00eda que se ha venido abonando por los socios en los a\u00f1os anteriores. <\/p>\n\n\n\n<p>Por ello no han tenido m\u00e1s remedio que interponer la demanda de impugnaci\u00f3n de acuerdos de dicha asamblea, con la finalidad de evitar que la actual situaci\u00f3n creada desde su celebraci\u00f3n se convierta en algo irreversible y firme. Perjudicando seriamente los intereses propios del club y de los socios en general\u00bb. <\/p>\n\n\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El juzgado ha acordado como medida cautelar la suspensi\u00f3n preventiva de los acuerdos adoptados en la asamblea general extraordinaria del CD D\u00e9nia del 30 de agosto de 2022. 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